El peso de los tributos en los servicios públicos del país (energía eléctrica, gas natural y agua)

Compartir

En nuestro país, la prestación de servicios públicos está sujeta a la imposición de tributos directos e indirectos por parte de los tres niveles de gobierno: nacional, provincial y municipal. El principal objetivo de esta investigación es identificar y presentar la cantidad de tributos indirectos vigentes, así como la carga tributaria indirecta que recae sobre el consumo de electricidad, agua y gas residencial. Del
análisis surge que en el consumo de estos tres servicios pueden pagarse hasta 12 distintos tributos por mes.

En la primera parte del análisis de cada servicio se presenta y se analiza la incidencia de cada tributo indirecto en el valor neto de cada factura. En la segunda parte se trata la incidencia de cada tributo indirecto en el valor final de cada factura, considerando que es tal vez la manera más simple de interpretarlo por parte de un consumidor. Por último, se presenta una comparación entre la carga indirecta que existe en CABA y la que existe en el interior del país.

La carga tributaria indirecta se caracteriza por recaer sobre el precio de un bien y servicio, penalizando a través de su encarecimiento relativo su consumo. Dado que si alguien vive en CABA solamente tributa a dos niveles de gobierno y si vive en cualquier ciudad del interior tributa a tres niveles, resulta de interés la comparación entre CABA y una ciudad del interior. Para llevar a cabo esta investigación se utilizaron facturas disponibles tanto de la Capital Federal como de ciudades del interior. En el caso de estas últimas, se seleccionó una factura modelo. Además, los tributos identificados pertenecen al reciente relevamiento efectuado en el Vademécum tributario 2023.

Además se tienen en cuenta otros tributos indirectos que tienen el carácter de “tributos indirectos
específicos”. En el caso de la energía eléctrica residencial, en el interior del país se consideraron tres tributos específicos: uno provincial y dos municipales, de los cuales uno es la tasa de alumbrado público. En CABA se utilizó un tributo municipal específico.

En el caso del agua, en el interior del país se consideran dos tributos indirectos específicos, uno provincial y otro municipal. Particularmente, para CABA se utilizan dos tributos específicos, los cuales se pagan no solo en Capital Federal, sino también en el área metropolitana. Un aspecto a mencionar es que las provincias del interior relevadas no gravan con Ingresos brutos (IIBB) la distribución de agua, por lo que no será tenido en cuenta para el análisis de provincias del interior.

En el caso del gas, a nivel nacional se considera un tributo específico. En el interior, aparte del nacional, se
consideran dos más, uno provincial y otro municipal. En CABA se considera uno municipal.

En Capital Federal, el peso tributario indirecto sobre el valor neto de una factura de luz es del 32%, lo que implica que, al consumo neto de un ciudadano (compuesto por cargos fijos y consumo por kWh), se le
carga un 32% de tributos indirectos. El 65% de la carga tributaria está explicada por el IVA, el 20% por el tributo municipal específico (“contribución municipal), el 12% por IIBB y el 3% por impuesto al cheque.

Para el ciudadano que vive en el interior del país, la carga sobre el consumo neto de energía eléctrica tiene un peso del 48%. La mayor parte de esta carga indirecta está explicada por el IVA, que representa el 44% de la incidencia total, y el tributo provincial específico, que pondera el 22% del total.

Al analizar el peso relativo de cada componente sobre el valor final, se observa que, para el caso de la Ciudad de Buenos Aires, del 100% del valor total de la factura, la carga tributaria indirecta es de 24%, mientras que, para el interior del país, los tributos indirectos representan el 32% del valor final.

La carga tributaria indirecta que recae sobre los servicios de energía eléctrica residencial difiere si se vive en Capital Federal o en el interior del país. La manera correcta de compararla es con la carga indirecta sobre el valor neto de la factura.

Si bien la carga nacional es la misma, del 22%, existe una notable diferencia entre la carga subnacional.
Mientras que, en Capital Federal, la carga indirecta a nivel provincial y municipal llega al 10%, en el interior es del 29%.

A partir de la comparación anterior, se observa que, en CABA, la Carga Tributaria Nacional representa el 68%, mientras que la Provincial y Municipal representa el 12% y el 20%, respectivamente. En el interior del país, esta carga por nivel de gobierno está dada por el 46% a nivel Nación, 30% a nivel Provincia y 24% a
nivel Municipio.

GAS: Incidencia sobre el valor neto

En Capital Federal, el peso tributario sobre el valor neto del servicio, que depende del cargo fijo y del consumo por metros cúbicos; es del 30%. De la carga total, IVA representa el 69%.

Cuando se revisa la incidencia tributaria indirecta en el interior del país, la misma es del 35%. Esta carga es mayor dado que se paga un tributo provincial específico que pondera en el orden del 11% sobre la
incidencia indirecta total. IVA representa el 60%, Ingresos Brutos y el Fondo Fiduciario representan el 10% y el 11%, respectivamente.

Al analizar el peso relativo de cada componente sobre el valor final, se observa que, para el caso de la Ciudad de Buenos Aires, del 100% del valor total de la factura, la carga tributaria indirecta es de 23%, mientras que, para el interior del país, los tributos indirectos representan el 26% del valor final. El restante 77% y 74%, respectivamente, es explicado por el valor neto de la factura.

Comparativamente, se observa que la carga nacional es la misma, del 26%, para ambas ciudades. Ahora bien, la carga provincial y municipal suman un 4,3% para CABA y un 9% para el interior del país.

A partir de la comparación anterior, en CABA, la Carga Tributaria Nacional representa el 85,7%, la Provincial el 14% de la carga total y la municipal, que incluye únicamente la tasa de alumbrado público, legislada por una ordenanza municipal; representa el 0,3% de la carga total; mientras que, en el interior del país, esta carga por nivel de gobierno está dada por el 74% a nivel Nación, 22% a nivel Provincia y 4% a nivel Municipio. La alta incidencia del nivel nacional en CABA y las demás jurisdicciones está explicada por el Fondo Fiduciario.

AGUA: Incidencia sobre el valor neto

En Capital Federal, el peso tributario sobre el valor neto del servicio, que depende del cargo fijo y del consumo por metros cúbicos y/o la ubicación del inmueble, es del 27,5%. De esta carga, el 76% está
representada por el IVA.

La carga indirecta sobre el valor neto cobra notoriedad cuando se analiza la incidencia de los tributos indirectos en el interior del país, ya que llega al 41%. Actualmente, un ciudadano del interior está
pagando, por encima del valor de su consumo, en promedio, un 41% más. Esto está explicado por el peso de tributos municipales específicos, que inciden en un 39% del peso tributario indirecto total. El 52% de la incidencia total está representada por IVA.

Al analizar el peso relativo de cada componente tributario sobre el valor final, se observa que, para el caso de la Ciudad de Buenos Aires, del 100% del valor total de la factura, la carga tributaria indirecta es de 22%, mientras que, para el interior del país, los tributos indirectos representan el 29% del valor final. El restante 78% y 71%, respectivamente, es explicado por el valor neto de la factura.

Comparativamente, si bien la carga nacional es la misma, del 22%, existe una notable diferencia entre la carga subnacional. Recordando que CABA tiene sólo dos niveles de gobierno, ésta carga subnacional, explicada por IIBB y los dos tributos específicos, suma el 5,5%. En el interior la carga provincial y municipal suman el 19%.
Nuevamente se hace notable el hecho que una persona que vive en Capital Federal tributa a dos niveles de gobierno; por otro lado, una que vive en el interior lo hace a tres niveles de gobierno.

A partir de la comparación anterior, nuevamente se observa que, en CABA, la Carga Tributaria Nacional
representa el 80% mientras que la provincial el 20% de la carga total; en cambio, en el interior del país, esta carga por nivel de gobierno está dada por el 54% a nivel Nación, 3% a nivel Provincia (dado que las empresas de aguas están exentas de IIBB) y 43% a nivel Municipio.

Fuente: IARAF (Instituto Argentino de Análisis Fiscal) Investigación: «El peso de los tributos»

Compartir

Temas relacionados

Es Prioritario

Contratos Online

Por productoVencimiento
UVA15/06/2023
ELABORACIÓN21/07/2023
ACEITUNA30/06/2023
TOMATE30/05/2023
DURAZNO30/05/2023
CIRUELA30/05/2023
MANZANA30/05/2023
PERA30/05/2023
AJO30/03/2023
Cereza30/03/2023

Para mayor información, por favor comuníquese con nosotros al (0261) 449-6153 / 6107 o escríbanos a estadistica@bolsamza.com.ar.
Para solicitar el alta en el sistema complete el siguiente formulario.

Edificio Central

Sarmiento 199, Ciudad.
8:00 a 16:30 hs.

Sede Central

Avenida España 1092, Ciudad.
8:30 a 16:30 hs.

Sede Notarial

Patricias Mendocinas 756
8:30 a 16:30hs.

4257557 - 4258637
La Barraca

Mall La Barraca local 17
8:30 a 16:30hs.

0800-3450-852 Interno 8105
Godoy Cruz

Carrefour, Rivadavia y San Martin.
8:30 a 16:30hs.

4224953
Guaymalén

Bandera de los Andes 4320
8:30 a 16:30hs.

4214422/77
Maipú

San Martín 286
8:30 a 16:30hs.

4977930/31
Luján de Cuyo

Patricios 287
8:30 a 16:30hs.

0261-4496100
San Martín

Centro Echesortu y Casa locales 16/17
8:30 a 16:30hs.

0263-4420840 / 4420251
Rivadavia

Lavalle y Aristobulo del Valle
8:30 a 16:30hs.

San Rafael

Pellegrini 120.
8:30 a 13hs y de 16 a 19hs.

0260 4437906 / 4425863
General Alvear

Av. Alvear Oeste 296
8:30 a 16:30hs.